Las novedades que aporta el Reglamento sobre la Cartera Europea de Identidad Digital
9 julio, 2024
En el panorama digital europeo, la introducción del Reglamento (UE) 2024/1183 marca un hito significativo. Este reglamento establece las bases para la implementación de la Cartera Europea de Identidad Digital, el ‘Wallet’ del que seguro has oído hablar. Explicamos en este post algunos aspectos fundamentales.
Tabla de contenidos
Resumen
Desgranamos en el post las novedades del Reglamento sobre la Cartera Europea de Identidad Digital, que contribuye a la creación de un entorno seguro y confiable para la gestión de la identidad digital.
El cada vez más popular ‘Wallet’ es una herramienta que promete revolucionar la manera en que los ciudadanos y residentes de la Unión Europea interactúan con los servicios digitales públicos y privados, ya que unificará estándares, aporta mejoras sustanciales en la seguridad y privacidad, sin obviar consideraciones de accesibilidad y usabilidad para los ciudadanos.
Lo más destacado de esta nueva normativa
Podemos destacar los siguientes aspectos de la normativa. La mayoría los podemos considerar obvios y de ‘sentido común’, pero ya quedan regulodas dentro del Reglamento, incidiendo en el carácter voluntario de su uso, para evitar seguramente suspicacias al respecto.
– Mecanismos de validación gratuitos: Los estados miembros están obligados a proporcionar mecanismos de validación gratuitos para verificar la autenticidad y validez de las carteras de identidad digital. Esto incluye la capacidad de los usuarios para validar la identidad de las partes usuarias registradas. Antes de esta normativa, no estaba claramente especificado si estos servicios debían ser gratuitos, lo que podía generar desigualdades en el acceso a la validación de la identidad digital.
– Revocación de la validez: La normativa prevé que la validez de una cartera de identidad digital puede ser revocada a petición del usuario, en caso de compromiso de seguridad, o tras el fallecimiento del usuario o cese de actividad de una entidad jurídica. Aunque es un punto obvio y evidente, se especifica de forma explícita para favorecer la gestión proactiva de la seguridad personal por parte de los usuarios.
– Soporte técnico: Los proveedores de carteras de identidad digital deben asegurar que los usuarios puedan acceder fácilmente a soporte técnico y reportar cualquier problema que afecte negativamente el uso de las carteras.
– Seguridad y diseño: Las carteras deben cumplir con altos estándares de seguridad desde el diseño, garantizando que los procesos de expedición, uso y revocación sean gratuitos para todas las personas físicas.
– Control de los usuarios sobre sus datos: Los usuarios tienen pleno control sobre el uso de su cartera y los datos que contiene. Los proveedores no pueden recopilar información innecesaria ni combinar datos personales con otros servicios sin el consentimiento expreso del usuario.
– Voluntariedad y accesibilidad: El uso de las carteras es voluntario. No se restringirá el acceso a servicios públicos y privados, ni se perjudicará a quienes no las utilicen. Se garantiza la posibilidad de acceder a servicios mediante otros medios de identificación existentes.
– Protección de datos y privacidad: El tratamiento de datos personales debe cumplir con el Reglamento (UE) 2016/679, garantizando medidas efectivas de protección de datos. Además, el marco técnico debe impedir el rastreo o correlación de datos del usuario sin autorización explícita.
Integración con el Marco de Referencia y Arquitectura (ARF) 1.4
El ‘Architecture and Reference Framework’ (ARF) versión 1.4 especifica los estándares y directrices para la implementación de la Cartera Europea de Identidad Digital, asegurando interoperabilidad y cumplimiento con las normativas de seguridad y privacidad.
– Principios de diseño: El ARF enfatiza la ‘seguridad desde el diseño’ y la ‘privacidad por defecto’, alineándose con las disposiciones del reglamento 2024/1183. Esto garantiza que las carteras digitales no solo sean seguras, sino también respetuosas con la privacidad del usuario desde su concepción.
– Interoperabilidad: El ARF facilita la interoperabilidad entre diferentes sistemas nacionales de identidad digital, permitiendo una integración fluida y eficiente dentro del marco europeo.
– Control del usuario: Siguiendo las directrices del ARF, las carteras digitales están diseñadas para que los usuarios tengan control total sobre sus datos, reforzando la transparencia y la confianza en el sistema.
El Reglamento 2024/1183 se alinea estrechamente con el Architecture and Reference Framework (ARF) versión 1.4, que define la estructura técnica y operativa del European Digital Identity Wallet (EUDI Wallet). A continuación se detallan los componentes técnicos clave y su integración según la ARF 1.4.
– Ecosistema del EUDI Wallet: El ecosistema del EUDI Wallet incluye diversos roles y entidades que interactúan para asegurar el funcionamiento seguro y eficiente del sistema. Entre estos roles se encuentran:
– Usuarios del EUDI Wallet: Los ciudadanos que utilizan el Wallet para almacenar y presentar datos de identificación personal y certificaciones electrónicas.
– Proveedores del EUDI Wallet: Estados miembros u organizaciones designadas que ofrecen la solución de Wallet a los usuarios.
– Proveedores de Datos de Identificación Personal (PID): Entidades confiables responsables de verificar la identidad del usuario y emitir datos de identificación en un formato común y armonizado (EU Digital Identity Wallet).
– Proveedores de Certificaciones Electrónicas Cualificadas (QEAA): Los proveedores de QEAA son responsables de emitir certificaciones electrónicas que certifican atributos específicos de los usuarios. Estas certificaciones pueden ser utilizadas para verificar credenciales en diferentes contextos, como viajes, educación o certificaciones profesionales. Estos proveedores deben cumplir con un marco de confianza general y mantener interfaces de autenticación mutua con los EUDI Wallets para asegurar la validez de las certificaciones (EU Digital Identity Wallet).
– Creación Remota de Firmas Electrónicas Cualificadas (QES): El EUDI Wallet permite a los usuarios crear firmas electrónicas cualificadas de manera gratuita. Esta funcionalidad puede ser implementada de varias maneras, como la certificación del Wallet mismo como un dispositivo de creación de firmas cualificadas (QSCD) o mediante la integración con un QSCD remoto gestionado por un Proveedor de Servicios de Confianza (QTSP). Esto fomenta la interoperabilidad y la competencia entre los proveedores de servicios de firma electrónica en toda Europa (EU Digital Identity Wallet).
– Proveedores de Certificaciones Electrónicas de Fuentes Auténticas Públicas (PuB-EAA): Las certificaciones electrónicas de fuentes auténticas públicas son emitidas por organismos públicos o en su nombre. Estas certificaciones incluyen datos como dirección, edad, estado civil y cualificaciones profesionales, y deben cumplir con requisitos específicos para ser reconocidas legalmente. Los proveedores deben garantizar interfaces que permitan verificar la autenticidad de estos atributos sin comprometer la privacidad del usuario (EU Digital Identity Wallet).
Conclusión
El Reglamento (UE) 2024/1183 junto con el ARF 1.4 proporciona un marco robusto para la creación de un entorno digital seguro y confiable, donde los ciudadanos europeos pueden gestionar su identidad digital con facilidad y confianza. Este avance no solo fortalece la integración digital en la UE, sino que también establece nuevos estándares para la protección de datos y la privacidad en el entorno digital.
Para más detalles sobre el ARF 1.4 y su implementación, puedes visitar el sitio oficial aquí.
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